¿Qué es el recurso posterior a la condena?
La mayoría de la gente cree que la apelación es el último recurso para quien ha sido condenado por un delito. Si bien es cierto que la mayoría de los casos se resuelven tras la sentencia del tribunal de apelaciones, existen posibles vías de recurso posteriores.
En determinadas circunstancias, un acusado en Florida que haya sido declarado culpable de un delito y cuya condena haya sido confirmada en apelación puede solicitar una revisión posterior a la condena. En Florida, este trámite se rige por la Regla 3.850 de las Reglas de Procedimiento Penal de Florida. Dicha solicitud se denomina generalmente "Solicitud para Anular la Sentencia".
Este procedimiento legal ha cobrado cierta notoriedad en los medios últimamente gracias al podcast "Serial", que trata sobre un caso de asesinato en Baltimore, Maryland. Como resultado de dicho podcast y la consiguiente indignación pública, surgieron dudas sobre el juicio original y la actuación del abogado defensor, y el caso se encuentra actualmente en fase de audiencia para la revisión de la sentencia.
Tienes dos años para solicitar la revisión de tu condena, pero existen excepciones.
La regla general es que tiene dos años para presentar la mayoría de las mociones 3.850 en Florida. Sin embargo, esta regla no se aplica a las mociones presentadas para anular una sentencia que exceda los límites permitidos por la ley. Si presenta su moción 3.850 porque su sentencia excede los límites legales, puede presentarla en cualquier momento.
Para todas las demás mociones 3.850, el tribunal no considerará una moción presentada más de dos años después de que la sentencia en su contra o su condena sea firme, a menos que:
- Existen nuevos hechos que fundamentan su moción, y usted no tenía conocimiento de ellos ni podía haberlos conocido razonablemente dentro de los dos años posteriores a su sentencia definitiva. En este caso, el plazo de dos años para presentar una moción conforme al artículo 3.850 comienza a correr cuando usted tuvo conocimiento, o debió haber tenido conocimiento, de los nuevos hechos, y no cuando su sentencia definitiva quedó en vigor.
- Un derecho constitucional fundamental no se estableció durante el período de dos años en el que normalmente se presenta una moción, pero posteriormente se estableció y se determinó que se aplicaría retroactivamente. Su moción debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se emitió la orden que establece la aplicación retroactiva del derecho constitucional.
- Usted contrató a un abogado para presentar su moción conforme a la Sección 3.850, pero su abogado, por negligencia, no la presentó. Si esto le sucedió, debe presentar su moción dentro de los dos años siguientes al plazo original de dos años.
En general, existen dos escenarios principales en los que una persona condenada puede presentar una moción 3.850:
Errores o incompetencia del abogado
Nueva evidencia
Una moción posterior a la condena exitosa no siempre significa que el caso será desestimado.
Una idea errónea común sobre las mociones posteriores a la condena es que, si el tribunal las concede, el caso se desestimará. En realidad, no siempre es así. Cuando la moción se concede por asistencia letrada ineficaz, el caso suele poder reabrirse. Dado que existe un plazo de dos años para presentar dicha moción, los testigos suelen estar disponibles, las pruebas aún se encuentran en el depósito policial y los agentes aún pueden ser localizados. En ese caso, una vez concedida la moción, el acusado vuelve al punto de partida y el proceso judicial comienza de nuevo. Por el contrario, cuando se trata de pruebas recién descubiertas, sobre todo en casos muy antiguos, los testigos generalmente ya no están disponibles o su memoria se ha desvanecido. Las pruebas pueden haberse perdido o destruido, y los agentes de policía se jubilan. En muchos de estos casos, la fiscalía no logra probar el delito y los cargos deben ser desestimados.
Contrate al abogado adecuado para que lo represente en una solicitud de alivio posterior a la condena.
Esto es solo una descripción general del proceso. Existen otros motivos para presentar una moción para anular una sentencia, los cuales exceden el alcance de este resumen. Además, existe una ley federal equivalente a la de Florida, que se encuentra en el Título 28 del Código de los Estados Unidos, secciones 2254 y 2255. Dicha ley federal exige que la moción para anular una sentencia se presente dentro del plazo de un año a partir de la fecha en que la condena quedó firme, lo que genera un conflicto entre las leyes de Florida y las federales. Se requiere un abogado penalista con experiencia para asesorarlo adecuadamente sobre cómo proceder en lo que respecta a las mociones posteriores a la condena.
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