Abogado especializado en apelaciones posteriores a la condena en el condado de Broward, Florida

Abogado especializado en apelaciones posteriores a la condena en el condado de Broward, Florida

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En la mayoría de los casos, una Moción para Anular la Condena, Sentencia y Pena, conforme a la Regla 3.850 de las Reglas de Procedimiento Penal de Florida, debe presentarse antes de que transcurran dos años desde que la sentencia sea firme. Los motivos típicos para solicitar la anulación conforme a la Regla 3.850 incluyen la asistencia letrada ineficaz . La anulación puede concederse cuando el abogado defensor no solicitó la supresión de pruebas obtenidas ilegalmente o no presentó una defensa viable que, de haberse hecho, probablemente habría resultado en un resultado diferente. Otros motivos que un abogado de Florida puede invocar en un proceso posterior a la condena incluyen alegaciones constitucionales fundamentales y pruebas recién descubiertas, como ADN exonerante.

Hábeas corpus

Un recurso de hábeas corpus suele ser presentado por presos que buscan su liberación. Este recurso es una orden judicial dirigida a un funcionario penitenciario para que se presente a un recluso ante el tribunal y se determine si su encarcelamiento es legal y si debe ser puesto en libertad. La petición de hábeas corpus debe demostrar que el tribunal que ordenó la detención o el encarcelamiento cometió un error legal o de hecho.

28 USC § 2254

La Sección 2254 permite que un acusado condenado por un tribunal estatal impugne su condena, sentencia y condena en un tribunal federal por motivos constitucionales después de haber agotado sin éxito sus reclamaciones constitucionales disponibles en el sistema judicial estatal (en apelación directa y/o hábeas corpus estatal, moción 3.850 en Florida, revisión).

28 USC § 2255

La Sección 2255 es la contraparte de la Sección 2254, disponible para los presos federales que deseen impugnar sus condenas y/o sentencias federales.

Modificación de la sentencia de conformidad con el Título 18 USC 3582

El Título 18 USC §3582(c)(2) permite al tribunal de distrito volver a sentenciar a un acusado que fue sentenciado originalmente sobre la base de una directriz que posteriormente ha sido reducida y declarada retroactiva por la Comisión de Sentencias de los Estados Unidos.

La retroactividad se rige por la declaración de política en USSG §1B1.10. La sección 1B1.10 delimita específicamente las enmiendas sobre el crack como enmiendas que pueden aplicarse retroactivamente.

El medio para solicitar una nueva sentencia es presentar una moción de conformidad con el §3582(c)(2) en el tribunal de distrito donde se dictó la sentencia original.

Cómo nuestro abogado de Florida especializado en apelaciones posteriores a la condena puede ayudarle en su apelación directa.

El secreto para ganar apelaciones penales no es ningún secreto. Nuestra experiencia nos ha demostrado que, para ganar una apelación, deben darse ciertos factores. Entre ellos, destacan la investigación jurídica exhaustiva y la presentación de escritos legales de gran calidad académica, argumentados con gran convicción. Nuestro abogado Robert Malove, especialista en apelaciones posteriores a la condena en Florida, cuenta con una amplia experiencia en asuntos penales.

Ya sean estatales o federales, los errores cometidos en el tribunal de primera instancia dan origen a las apelaciones. La labor del abogado de apelación consiste en exponer con claridad la existencia de dichos errores, demostrar que no son inofensivos y convencer al tribunal de que conceda la reparación solicitada.

Robert Malove no deja nada al azar. Las condenas se revocan y las sentencias se anulan solo después de realizar una revisión completa de todo el historial del caso, examinando todos los alegatos y las transcripciones pertinentes de los procedimientos judiciales.