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Tienes derecho a guardar silencio; ¿pero tu teléfono móvil también?

Tienes derecho a guardar silencio; ¿pero tu teléfono móvil también?

“Tiene derecho a guardar silencio”. ¿Qué significa esto en un tribunal de Florida? Lamentablemente, la respuesta no es sencilla y los tribunales del estado no se ponen de acuerdo sobre las medidas que puede tomar el estado para obligar a las personas a proporcionar la contraseña de su teléfono móvil o a introducirla en un dispositivo.

Su derecho a guardar silencio en Florida

La Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe al gobierno obligar a una persona a realizar declaraciones que tiendan a incriminarla. En términos sencillos, un acto se considera testimonial si requiere que una persona revele sus pensamientos y convicciones para esclarecer un hecho.

Existe una verdad universalmente reconocida: obligar a una persona a hablar, escribir o introducir su contraseña en un dispositivo implica revelar información que solo ella conoce y que, por lo tanto, constituye un testimonio. La pregunta entonces es: "¿Cuándo puede el Estado obligar a una persona a presentar pruebas testimoniales?".

¿Cuándo puede el Estado obligar a un individuo a presentar pruebas testimoniales?

En Florida, existen dos enfoques para esta cuestión. En algunos tribunales, se examina si la excepción de "conclusión inevitable" permite al estado obligar a la presentación de pruebas testimoniales. Otros tribunales, sin embargo, han determinado que el estado puede obligar a una persona a proporcionar pruebas testimoniales cuando el valor testimonial de hacerlo es insignificante.

Ambos enfoques requieren un marco de dos preguntas. La primera es: "¿Constituye la presentación forzosa de la contraseña un acto testimonial y potencialmente incriminatorio?". Si la respuesta es afirmativa, entonces la segunda pregunta que debe plantearse es: "¿Es permisible, no obstante, la presentación forzosa de la contraseña en virtud de la excepción de conclusión inevitable, dado que el valor testimonial es irrelevante debido a que el Estado ya conoce la existencia de la información solicitada?".

¿Qué contiene el teléfono móvil y quién es su propietario?

Tras responder a las dos preguntas anteriores, el tribunal deberá determinar si la cuestión radica en el contenido del teléfono móvil o en su titularidad. Si el objetivo de la investigación es el contenido del dispositivo y el Estado puede demostrar con suficiente precisión que los archivos solicitados son relevantes para una investigación penal, no se vulneran los derechos constitucionales del individuo. Sin embargo, si la cuestión es la titularidad del dispositivo , exigir a la persona que proporcione la contraseña podría resultar incriminatorio. Incluso al analizar esta cuestión, el tribunal también debe indagar si el individuo renunció a su derecho a no ser obligado a presentar pruebas testimoniales.

Una expedición de pesca del Estado

El Estado no puede realizar una simple búsqueda indiscriminada para obtener el contenido del teléfono de una persona. Solo con el conocimiento previo necesario de que el dispositivo contiene evidencia, el Estado puede obligar a una persona a proporcionar la contraseña. En Pollard v. State , 287 So. 3d 649 (Fla. 1st DCA 2019), el Tribunal sostuvo que las "solicitudes generalizadas" para obtener todas las comunicaciones, datos e imágenes de un dispositivo equivalen a una búsqueda indiscriminada. "No basta con que el Estado infiera que existe evidencia; debe identificar con suficiente precisión qué evidencia se encuentra más allá de la contraseña". Id . en 657.

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Si está siendo investigado o procesado por el Estado de Florida, es importante que proteja su derecho a guardar silencio, amparado por la Quinta Enmienda. Con la ayuda del bufete de Robert David Malove, PA, podemos determinar si sus derechos han sido vulnerados y garantizar su protección en el futuro. Hable, contáctenos en línea o llámenos para programar una consulta con uno de nuestros abogados penalistas con experiencia en Florida hoy mismo.